¿Qué significa la Emergencia Sanitaria en México?

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Ante el incremento de casos confirmados de COVID-19 que ha alcanzado los 1,094 personas y el deceso de 28 individuos en México, al 30 de marzo, el gobierno federal, a través del Consejo de Salubridad General, declaró estado de emergencia sanitaria nacional por causas de fuerza mayor.

 

¿Qué acciones se llevarán a cabo en esta fase?

El decreto presidencial se fundamenta en el artículo cuarto constitucional, el cual establece el derecho que tiene toda persona a la protección de su salud.

 

Con base en esta ley, “este Consejo reconoció a dicha enfermedad como grave de atención prioritaria, así como en el Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”.

 

Durante la rueda de prensa en la que se realizó esta declaratoria el subsecretario de Prevención y Protección a la Salud, Hugo López-Gatell informó que se implementarán las siguientes medidas:

    1. Suspensión de todas las actividades no esenciales, a excepción de las que son necesarias para atender emergencias como laboral, rama médica y sector salud en los campos público y privado; seguridad pública, integridad y soberanía nacional, actividad legislativa, sectores esenciales para el funcionamiento de la economía y programas sociales para el gobierno continúan.
    2. Se extiende la jornada nacional de sana distancia hasta el 30 de abril.
    3. Se exhorta a la población a un resguardo domiciliario voluntario.
    4. Las personas mayores de 60 años o con diagnóstico de hipertensión, diabetes, inmunosupresión, estado de embarazo y diabetes no deberán presentarse a trabajar aunque laboren en sectores esenciales.
    5. La Secretaría del Trabajo determinará un regreso escalonado a las actividades laborales.
    6. Se suspenden los censos que involucren interacción física.
    7. Todas estas medidas se harán en pleno respeto a los derechos humanos.

 

 

Los servicios no esenciales de los sectores social y privado deberán adoptar de inmediato modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia o análogos, sin que las actividades de sus trabajadores impliquen un acto presencial”, señala el acuerdo que se tomó en el Consejo de Salubridad General.

 

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